Debido a la crisis energética, se prevé que este año este tipo de gastos puedan llegar a duplicar e incluso triplicar su precio actual
El Gobierno limitará el precio del gas natural que pagan las comunidades de vecinos con calderas comunitarias, según declaraciones de la vicepresidenta tercera y ministra para la Transición Ecológica, Teresa Ribera.
En España hay 1,6 millones de comunidades de propietarios con calderas comunitarias, la conocida como calefacción central. Este tipo de usuarios deben contratar una tarifa en el mercado libre para ‘grandes consumidores’ porque por su tamaño y demanda de energía –más de 50.000 kilovatios al año– no se pueden acoger a la tarifa regulada (TUR) dirigida a los consumidores domésticos. Hasta ahora, una y otra tarifa tenían precios similares.
La crisis energética ha disparado el precio del gas en el mercado internacional y el Gobierno decidió en septiembre del año pasado contener el crecimiento de la tarifa regulada (TUR) al limitar el crecimiento del precio de la materia prima, que se actualiza cada trimestre, al 15%, agravando todavía más las diferencias en el coste de ambas.
El Consejo de Ministros prevé abordar este martes el plan de contingencia, según indicaron a Europa Press en fuentes ministeriales. El punto de partida será el Plan de Emergencia del Sistema Gasista Español, que establece escenarios de acción en casos de problema grave en el suministro de gas, pero adaptado a la situación excepcional actual y a un posible corte de suministro ruso.
Según diversas fuentes, el documento incluirá dos escenarios centrales. Uno de reducción del consumo de gas voluntario y otro de recorte del consumo obligatorio del 6,4%, en vez del 7% avanzado en un inicio por el Gobierno, que aplicará en caso de que la Unión Europea declare la situación de emergencia, tal y como se acordó con Bruselas en julio. En ningún caso habrá obligaciones para los usuarios domésticos y la industria, pero sí recomendaciones de consumo.
El foco de las medidas se dirigirán a buscar el ahorro y la eficiencia, pero también a contribuir a la seguridad de suministro comunitaria, a través del intercambio de energía como la conexión entre Cartagena y Barcelona con Italia y la ampliación de los gasoductos existentes con Francia, así como a acelerar la tramitación de energías renovables, también en el caso del biogás, para impulsar la velocidad de su incorporación. Se tratará de un documento vivo que incluirá medidas normativas ya aprobadas por el Consejo de Ministros, como la creación del mecanismo de interrumpibilidad para los grandes consumidores, pero también otras que no serán de aplicación inmediata.
Algunas cuotas, como la del seguro del hogar o la del gimnasio, se incrementan a comienzos de cada año. De la misma forma ocurre con los gastos comunitarios que este año, debido a la crisis energética, es posible que tengan un incremento aún mayor.
Ante este escenario, muchos se preguntan si es legal subir la cuota de la comunidad sin avisar a los propietarios o si estos están obligados a pagarla. Estas son las respuestas a algunas de las dudas que surgen respecto a este tipo de gastos:
Según la Ley de Propiedad Horizontal, los gastos ordinarios son de pago obligatorio, puesto que permiten el correcto mantenimiento de las zonas comunes de la comunidad de propietarios. Por ello, todos aquellos que tengan un inmueble en propiedad deberán abonar la cuota de forma periódica en función de lo que estipulen los estatutos de la comunidad —mensual, trimestral o anual—.
También existen otra serie de gastos de carácter extraordinario que se conocen popularmente como derramas. Estos tienen como objetivo sufragar aquellas necesidades adicionales de mantenimiento, pero solo son de pago obligatorio si son para mejorar la seguridad y/o accesibilidad del edificio. En el caso de que los fines fueran otros, como por ejemplo estéticos, el pago resulta opcional.
El precio al que asciende la cuota dependerá de cada comunidad de propietarios, en función de los servicios e instalaciones de los que disponga y de los vecinos con los que cuente. Además, la cuota de participación que tenga estipulada la vivienda de cada propietario también hará variar el importe a pagar respecto a gastos de comunidad, y siempre debe ir reflejada en los estatutos de la comunidad.
Aunque en algunas comunidades todos los vecinos pagan la misma cuota fija, a cada inmueble se le suele atribuir una distinta a pesar de formar parte del mismo edificio. La media se encuentra en unos 105 euros al mes, correspondiente a los mencionados gastos ordinarios.
Respecto al posible incremento que avisan los expertos, muchos de ellos afirmar que puede llegar a suponer el doble o el triple en algunas comunidades de vecinos, por lo que podría llegar a los 315 euros mensuales de media.